Proyecto para personas autónomas

Desde Osalan, se pone en marcha un proyecto dirigido a la mejora de la cultura preventiva en las personas autónomas, lo que sin duda llevará a un mejor conocimiento de cuáles deben ser las condiciones de trabajo más seguras y saludables y con ello conseguir una mejora de la salud de las personas autónomas.

Este proyecto se va a poner en marcha a través de las principales asociaciones de personas autónomas, ABAT, UPTA y AVA – ATA.

Se pretende en un primer paso formar e informar en materia de prevención de riesgos laborales al personal que en primer lugar pueda atender las dudas de sus propios compañeros y compañeras.

Además, desde las propias asociaciones se pretende ir difundiendo esta cultura preventiva a otras asociaciones más pequeñas, hostelería, de comerciantes, etc.

Objetivo

Difusión de la cultura preventiva a las personas autónomas.

Alcance

Todas las personas autónomas de la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE).

Metodología

Se pretenden seguir 3 vías de actuación:

  • Difusión de la cultura en materia de prevención de riesgos laborales (PRL).
  • Información en materia de PRL.
  • Formación en PRL.

Actividades

¿Cómo implantar la Prevención de Riesgos Laborales?

  • Personas autónomas sin personal trabajador a su cargo, en este caso NO tenemos la necesidad de disponer de una organización que se encargue de la PRL, de tener una evaluación de riesgos ni un plan de prevención de riesgos.
  • Personas autónomas sin trabajadores ni trabajadoras a su cargo pero que se ven afectados por la normativa sobre coordinación de actividades empresariales.  En este caso, hay que aportar información sobre los riesgos que sus actividades o equipos suponen para los trabajadores y trabajadoras de las otras empresas con las que colaboran. Puedes ampliar información sobre la manera de gestionar la PRL en estos casos  aquí.
  • Personas autónomas con trabajadores y trabajadoras a su cargo. En este caso SI tenemos la necesidad de implantar la PRL, estas personas autónomas pasan a tener por tanto las obligaciones de empresario y empresaria de la normativa reguladora del mercado laboral. En empresas de hasta diez trabajadores y trabajadoras el empresario o empresaria podrá ocuparse de organizar la prevención siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y que tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos de la empresa. Puedes ampliar información sobre la manera de gestionar la PRL en estos casos aquí.